La Junta llevará un libro de actas de todos sus procedimientos, un archivo y un registro completo de todos los delineantes a quienes se les ha expedido licencia o certificado. No más tarde del día primero de octubre de cada año la Junta rendirá un informe al Gobernador cubriendo sus actividades durante el año fiscal terminado el 30 de junio anterior.
Las minutas, el registro y cualquier otro documento oficial expedido por la Junta se considerará como evidencia prima facie; y por lo tanto cualquier copia certificada por el Secretario con el sello de la Junta tendrá el mismo valor legal que el original.