§ 177. Negocio de masaje—Acciones legales

PR Laws tit. 20, § 177 (2018) (N/A)
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Todo negocio de masaje notificará por escrito al Departamento de Salud sobre cualquier acción legal (civil o criminal) relacionada con el funcionamiento del negocio de masaje, su dueño, empleados, oficiales, directores o cualquier asalariado, en un término de diez (10) días después de que el negocio de masaje, su dueño, empleados, oficiales, directores o cualquier asalariado haya iniciado la acción legal o haya recibido notificación de un proceso legal. El negocio de masaje entregará una copia oficial de la petición o queja que ha sido presentada en el tribunal con la notificación escrita.