La Junta estará compuesta de cinco (5) miembros que serán nombrados por el gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Todos los nombramientos se harán por un término de cuatro (4) años. Los miembros de la Junta así nombrados ejercerán como tales hasta que sus sucesores sean nombrados y tomen posesión. Toda vacante que ocurra antes del vencimiento de un término será cubierta por el período restante.
No podrá pertenecer a la Junta ninguna persona que no haya obtenido la licencia que expide la susodicha Junta para el ejercicio de la técnica en electrónica.
Como medida transitoria, cada miembro de la Junta Examinadora de Radio y Telerreceptores recibirá una licencia del Secretario de Estado que le autorizará a ejercer como técnico en electrónica.