Se pagarán, mediante giro postal, bancario o cheque certificado a nombre del Secretario de Hacienda, los derechos que a continuación se indican por los conceptos siguientes:
Los fondos que se generen por concepto de los derechos establecidos en esta sección ingresarán al Fondo de Salud, para uso de la Oficina de Reglamentación y Certificación de Profesionales de la Salud del Departamento de Salud.