§ 2136. Licencias—Denegación de expedición

PR Laws tit. 20, § 2136 (2018) (N/A)
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(a) No cumpla con los requisitos establecidos en las secs. 2131 a 2144 de este título.

(b) Haya ejercido el oficio de técnico automotriz en Puerto Rico sin haber obtenido previamente una licencia expedida por la Junta.

(c) Haya tratado de obtener o ayudar a otro a obtener una licencia mediante fraude o engaño.