(a) Haber cumplido 16 años de edad.
(b) Poseer diploma de escuela intermedia.
(c) Haber aprobado un curso de mecánica general de automóviles de por lo menos seis (6) meses o seiscientas (600) horas en una escuela vocacional o en una escuela reconocida por el Consejo de Educación o en su defecto haber terminado el curso de adiestramiento prescrito por éste.
(d) Haber aprobado el examen de mecánico autorizado por la Junta.
(e) Haber pagado los derechos de examen y licencia establecidos en las secs. 2131 a 2144 de este título. La Junta podrá expedir licencias por especialidades dentro del ámbito de la mecánica automotriz según disponga mediante reglamentación al efecto.