El reglamento dispondrá lo que no se haya provisto en este capítulo, incluyendo lo concerniente a funciones, deberes y procedimientos de todos sus organismos y oficiales; convocatorias, fechas, quórum, forma y requisitos de las asambleas generales, ordinarias y extraordinarias y sesiones de la Junta de Gobierno; elecciones de oficiales; comisiones permanentes; presupuestos; inversión de fondos y disposición de bienes del Colegio; término de todos los cargos, creación de vacantes y modo de cubrirlas.