Ninguna persona que no sea miembro del Colegio podrá ejercer la profesión de cirugía dental en [el] Estado Libre Asociado, exceptuando estos casos:
Los dentistas en servicio activo en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos en el desempeño oficial de sus obligaciones y a empleados permanentes de agencias federales que participen en proyectos de investigación odontológicas debidamente reconocidos por la Junta Dental Examinadora, la Escuela de Odontología y el Departamento de Salud.