§ 1004. Sello oficial

PR Laws tit. 20, § 1004 (2018) (N/A)
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La Junta adoptará un sello oficial que se estampará sobre todas las licencias y otros documentos fehacientes que la Junta expida. El sello de la Junta de Embalsamadores estará bajo la custodia del Secretario de Salud.