Ninguna persona que no haya obtenido la licencia de relacionista, que haya dejado expirar la misma o que se le haya suspendido o revocado, a tenor con las disposiciones de este capítulo, podrá utilizar el título de licenciado en relaciones públicas o cualquier otro título que tienda a indicar lo mismo.
Ninguna persona que no haya obtenido la licencia de relacionista, que haya dejado expirar la misma o que se le haya suspendido o revocado, a tenor con las disposiciones de este capítulo podrá utilizar títulos o designaciones relacionados con las funciones anteriormente descritas para implicar que tiene dicha licencia.