§ 711t. Reciprocidad

PR Laws tit. 20, § 711t (2018) (N/A)
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La Junta podrá, a solicitud de parte interesada, mediante el pago de los derechos que dispongan por reglamento, inscribir y expedir certificación o licenciatura de ingeniero, arquitecto, agrimensor o arquitecto paisajista a cualquier persona que poseyere licencia expedida por autoridad competente de cualquier estado, territorio o posesión de los Estados Unidos de América, o de cualquier país siempre y cuando los requisitos no conflijan sustancialmente con las estipulaciones de las secs. 711 a 711z de este título y cuyos requisitos básicos no sean menores a los especificados en la ley del registro pertinente vigente localmente al momento en que dicho certificado fuera emitido. A esos efectos el solicitante debe cumplir con los requisitos exigidos en las secs. 711 a 711z de este título y el estado, territorio o posesión de los Estados Unidos o país extranjero del cual el solicitante sea ciudadano y posea autorización; deberá, igualmente, conceder sin excepción alguna los mismos derechos a los ingenieros, arquitectos, agrimensores, o arquitectos, arquitectos paisajistas autorizados a practicar la profesión en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La Junta podrá establecer acuerdos de reciprocidad para la concesión de licencias o certificados con otras jurisdicciones políticas, los cuales deberán otorgarse por escritos con los organismos encargados de regular las profesiones de ingenieros, arquitectos, agrimensores, y arquitectos paisajistas en las jurisdicciones de que se trate.

En el caso de la ingeniería, se exigirá una certificación oficial suscrita por el Secretario de Estado o funcionario autorizado del estado, territorio o posesión o del país extranjero de que se trate que garantice a los profesionales de Puerto Rico los mismos derechos que aquí habrán de concederse a sus ciudadanos.

Las cláusulas y condiciones de los acuerdos de reciprocidad, al igual que las normas y procedimientos para la aplicación de esta sección, serán objeto de reglamentación por la Junta.