El Programa de Tutoría deberá ser diseñado y desarrollado de forma y manera que sea compatible con y complementario de cursos formales de capacitación que pudieran ofrecer escuelas de medicina debidamente acreditadas en Puerto Rico por el Consejo de Educación y por el Comité de Enlace de Educación Médica y cuyos cursos sean autorizados por el Tribunal Examinador de Médicos.