§ 546n. Naturaleza

PR Laws tit. 20, § 546n (2018) (N/A)
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El Colegio de Opticos de Puerto Rico se crea como una entidad sin fines de lucro y será el organismo representativo de la profesión [de] óptico y de todos los ópticos con licencia autorizados a ejercer la profesión en Puerto Rico, y estará exento del pago de toda clase de contribuciones, impuestos, patentes, arbitrios y cualquier otra clase de contribución en esta jurisdicción.