§ 352. Deberes del Colegio

PR Laws tit. 20, § 352 (2018) (N/A)
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El Colegio de Cirujanos Menores o Practicantes (Physician's Aides) de Puerto Rico tendrá como obligaciones las siguientes: (1) cooperar en el mejoramiento de la profesión de cirujano menor o practicante; (2) velar en todo momento por la salud del pueblo; (3) evacuar los informes y consultas que el Gobierno le reclame; (4) defender los derechos e inmunidades de los cirujanos menores o practicantes; (5) cooperar en el mejoramiento socioeconómico de los cirujanos menores o practicantes de Puerto Rico, y (6) sostener una saludable y estricta moral profesional entre los colegiados.