§ 332. Licencia—Derechos a pagarse

PR Laws tit. 20, § 332 (2018) (N/A)
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Se pagarán, mediante giro postal, bancario o cheque certificado, a nombre del Secretario de Hacienda, los derechos que a continuación se indican por los conceptos siguientes:

Los derechos cobrados por la Junta no serán devueltos y podrán ser variados mediante reglamentación al efecto.