Los miembros de la Junta deberán ser mayores de veintiún (21) años, ciudadanos de los Estados Unidos de América y residentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por un período no menor de tres (3) años antes de ser nombrados, tener la preparación académica necesaria, haber sido admitidos a la práctica de su profesión y gozar de buena conducta.
Ningún miembro de la Junta podrá desempeñar posiciones académicas, ser accionista o pertenecer a la junta de síndicos o de directores de una universidad, colegio o escuela que ofrezca un programa en histología.