§ 3528. Sellos

PR Laws tit. 20, § 3528 (2018) (N/A)
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Todo documento dentro de la práctica de la planificación que se certifique ante la agencia gubernamental correspondiente, llevará adherido un sello que será adoptado y expedido por el Colegio de Planificadores Profesionales de Puerto Rico, a razón de cinco dólares ($5) o un dólar ($1) por cada mil [dólares] ($1,000) sobre el valor del trabajo profesional, el número que resultare mayor. Dicho sello será adherido por los profesionales responsables del documento original y presentado en cualquier agencia gubernamental, se considerará como adheridos en cualquier otra entidad del Gobierno de Puerto Rico.