El galardón consistirá de un distintivo especial con el sello y colores oficiales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y una cita alusiva al liderato de los/las jóvenes del país en el desarrollo de la libre empresa. También se entregará al galardonado/a un documento firmado en original por el Presidente/a de una de las Cámaras Legislativas, consignando las ejecutorias, logros y cualidades del empresario o la empresaria joven a quien se confiera el premio. La Comisión Conjunta de Otorgamiento de Medallas y Premios de la Asamblea Legislativa determinará el texto y forma de dicho documento cada año que se otorgue el premio.
La primera comisión conjunta que se constituya para la evaluación y adjudicación del Premio Legislativo al/la Empresario/a Joven de Puerto Rico adoptará el diseño, material y cita del distintivo especial a conferirse de acuerdo con las secs. 140g a 140l de este título. El distintivo así adoptado se utilizará permanentemente cada año subsiguiente que se otorgue dicho premio.