Se instituye, por parte de la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, un galardón que se denominará “Premio Legislativo al Empresario Joven de Puerto Rico” (Premio), a conferirse anualmente a un/una comerciante o industrial menor de treinta (30) años de edad que se destaque por su excepcional aportación a la diversificación, ampliación o desarrollo del comercio o de la industria de manufactura o de servicios en Puerto Rico.