Se establece en la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico un galardón anual que se denominará “Medalla Luis Muñoz Marín” para reconocer los servicios y ejecutorias de instituciones cívicas o sin fines de lucro y de ciudadanos particulares dirigidos a implantar programas y actividades de interés social. Este galardón consistirá de una medalla de oro suspendida por una cinta de colores representativos de ambas cámaras legislativas y de material adecuado, y contendrá una inscripción y una cita apropiada que serán seleccionadas por la Asamblea Legislativa.