La Oficina del Procurador no estará sujeta a las disposiciones de las secs. 931 a 934d del Título 3, sobre cánones de arrendamiento, ni a la Ley Núm. 96 de 29 de junio de 1954, enmendada, conocida como “Ley de Compras y Suministros”.
Se [la] exime además de las disposiciones de las secs. 283 a 283p y 931 a 934d del Título 3 y 103 del Título 23.