El Director Ejecutivo del Patronato será el Superintendente del Capitolio, quien servirá como principal oficial ejecutivo y tendrá todos aquellos poderes que, mediante reglamento, le delegue la Junta relacionados con la administración del Patronato y será el responsable de que se lleven a cabo las labores referentes a la operación del mismo.
El Director Ejecutivo podrá, con el consentimiento y sujeto a las normas que establezca la Junta, establecer la estructura operacional que necesite el Patronato, habilitar un espacio físico para operar el mismo y solicitar el destaque de funcionarios de la Asamblea Legislativa para llevar a cabo dichas funciones. También tendrá la facultad, con el consentimiento y sujeto a las normas que establezca la Junta, de nombrar una Junta de Subastas para atender los trabajos específicos del Patronato.