§ 372. Supervisión por el Secretario de cada Cámara; Director
PR Laws tit. 2, § 372 (2018) (N/A)
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El Diario de Sesiones funcionará bajo la dirección del Secretario del Senado y el Secretario de la Cámara de Representantes y estará a cargo de un Director que será nombrado por los Presidentes de las Cámaras.