§ 199. Copias en hojas sueltas de leyes y boletines de carácter general—Fondo Especial para la Impresión y Reimpresión de Leyes y Boletines Administrativos

PR Laws tit. 2, § 199 (2018) (N/A)
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Con el fin de llevar a cabo las disposiciones de las secs. 196 a 199 de este título, se crea un fondo especial de ochocientos dólares ($800), de cualquier dinero existente en el Secretario de Hacienda no destinado a otras atenciones, bajo la denominación de “Fondo especial para la impresión y reimpresión de leyes y boletines administrativos”, del cual dispondrá el Secretario de Estado, cuando fuere necesario, de acuerdo con la autorización que dichas secciones le confieren.