§ 2408. Personas con derecho a radicar una declaración de financiamiento o de continuación

PR Laws tit. 19, § 2408 (2018) (N/A)
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(1) El acreedor garantizado según el récord autoriza la radicación, y

(2) la radicación es necesaria bajo este subcapítulo:

(A) Para continuar la validez de la declaración de financiamiento radicada antes de que esta ley tenga vigencia, o

(B) para perfeccionar o continuar la perfección de una garantía mobiliaria.