§ 2366. Fecha de incumplimiento para un gravamen agrícola

PR Laws tit. 19, § 2366 (2018) (N/A)
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Para propósitos de este subcapítulo un incumplimiento ocurrirá con relación a un gravamen agrícola en la fecha que el acreedor garantizado puede hacer valer los derechos bajo su gravamen de acuerdo con la ley bajo la cual éste se creó.