§ 1803. Comprador protegido

PR Laws tit. 19, § 1803 (2018) (N/A)
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(a) “Comprador protegido” es el comprador de un valor con o sin certificado o de una participación en un valor que:

(1) Lo obtuvo por valor;

(2) no tiene aviso de reclamo adverso alguno en contra del mismo, y

(3) obtiene control del valor con o sin certificado.

(b) Además de adquirir los derechos de un comprador, el comprador protegido adquiere su participación en el valor libre de todo reclamo adverso en su contra.