§ 1606. Entrega sin endoso: derecho de compeler endoso

PR Laws tit. 19, § 1606 (2018) (N/A)
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El receptor de un documento de título negociable tiene un derecho sujeto a cumplimiento específico de que su cedente supla todo endoso necesario, pero la cesión constituirá una negociación únicamente a partir del momento que se supla el endoso.