§ 3994. Funciones

PR Laws tit. 18, § 3994 (2018) (N/A)
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(a) Revisar los programas existentes de actividades realizadas antes y después del horario regular de clases, incluyendo el Programa de Tiempo Lectivo Extendido, y hacer recomendaciones para reforzar y expandir dichos programas.

(b) Explorar nuevas fuentes de fondos federales, estatales, municipales y privados para aumentar el acceso y la calidad de los programas.

(c) Aumentar la conciencia pública sobre la importancia de programas antes y luego del horario regular de clases.

(d) Mejorar la calidad y crear apoyo a través de la fuerza trabajadora puertorriqueña.

(e) Crear un programa de desarrollo de fuerza trabajadora.

(f) Fomentar colaboraciones y alianzas.

(g) Servir de enlace para establecer acuerdos de colaboración entre las entidades gubernamentales, corporaciones públicas y/o instituciones sin fines de lucro.

(h) Aumentar la calidad y cantidad de los programas ofrecidos a los estudiantes.

(i) Fomentar el apoyo público y privado para lograr una infraestructura sostenible para los programas antes y después del horario regular de clases.

(j) Hacer recomendaciones relacionadas a cualquier reglamentación o legislación que pudiese afectar el Programa de Tiempo Lectivo Extendido y cualquier otro programa de actividades realizadas antes o después del horario regular de clases.

(k) Preparar un informe anual al Gobernador, al Departamento de Educación y a esta Asamblea Legislativa, identificando la labor realizada por el Consejo Consultivo en el año precedente y el plan de trabajo y recomendaciones relacionadas a los programas antes y después del horario regular de clases, incluyendo el Programa de Tiempo Lectivo Extendido.

(l) Llevar a cabo todos aquellos actos necesarios para implantar el propósito y la política pública establecida en este capítulo.