Los candidatos a esta certificación serán todos aquellos estudiantes con impedimentos que reciban servicios del Programa de Educación Especial del Departamento y que no obtengan un diploma de escuela superior.
El consejero u orientador escolar, debidamente adiestrado en evaluación vocacional o los evaluadores vocacionales con maestría o consejeros en rehabilitación licenciados o la persona que el Secretario designe para estos propósitos utilizará instrumentos de cernimiento vocacional, avalúo y diagnóstico, válidos y adaptados para esta población con impedimentos. El Protocolo de Avalúo, puede incluir, sin que se limite a: el Manual Diagnóstico y Estadístico de Trastornos Mentales (DSM-V, por sus siglas en inglés) y en conjunto con el “International Classification of Functioning, Disability and Health” (ICF, por sus siglas en inglés), que se utiliza para establecer metas y objetivos, planificar tratamiento y para monitorear y medir resultados funcionales.