§ 1730. Causas para separación—Procedimiento ante la Junta

PR Laws tit. 18, § 1730 (2018) (N/A)
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Cuando la Junta determine que existe causa para separar un socio, deberá notificarle por escrito los cargos que se le imputan para su separación de la cooperativa.

En la notificación, se incluirá una cita para una vista administrativa ante la Junta, que se celebrará en un término no menor de diez (10) días ni mayor de treinta (30), días después de recibir la comunicación. El socio podrá examinar las pruebas de los cargos en su contra. La Junta evaluará la prueba presentada en el plazo de quince (15) días después de la vista, le notificará al socio afectado en el plazo de cinco (5) días, después de tomada la decisión. La decisión de la Junta será efectiva de inmediato, una vez se le haya notificado al socio.