§ 1702. Autonomía

PR Laws tit. 18, § 1702 (2018) (N/A)
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Las cooperativas juveniles escolares que se organicen en los planteles escolares gozarán de la autonomía que les garantizará este capítulo para su operación y funcionamiento, siempre en armonía con las leyes y reglamentos que rigen las escuelas públicas o privadas.