§ 1612. Venta, traspaso o cesión

PR Laws tit. 18, § 1612 (2018) (N/A)
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Con la aprobación previa por escrito de la entidad que le haya provisto financiamiento y la del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico una escuela cooperativa podrá venderse, traspasarse o cederse a otra escuela cooperativa bona fide sin que afecte la garantía de préstamo que le hubiere sido concedida a la anterior escuela cooperativa. La garantía de préstamo seguirá produciendo todos los efectos legales como si tal venta, traspaso o cesión no se hubiese efectuado.