§ 1609. Pago del balance insoluto

PR Laws tit. 18, § 1609 (2018) (N/A)
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El Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico cobrará a la escuela cooperativa el medio del uno por ciento (0.5%) sobre el balance insoluto de los préstamos que garantice bajo el Programa de Garantía de Préstamos aquí establecido.