§ 1513. Consejo—Paralización y penalidades

PR Laws tit. 18, § 1513 (2018) (N/A)
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De conformidad con lo dispuesto en las secs. 1195 et seq. de este título, el Instituto, motu proprio o a petición del Consejo, podrá solicitar[le] al Tribunal de Primera Instancia una orden para paralizar y penalizar por cualquier obra o gestión que interfiera con el cumplimiento de los propósitos de este capítulo.