§ 1165g. Exenciones

PR Laws tit. 18, § 1165g (2018) (N/A)
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La Corporación y sus subsidiarias estarán exentas de toda clase de contribuciones, derechos, arbitrios o cargos, incluyendo los de licencias, que normalmente impone el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o cualquier subdivisión política de éste.

Se exime también a la Corporación y sus subsidiarias del pago de toda clase de derechos o impuestos requeridos por ley para la ejecución de procedimientos judiciales, la emisión de certificaciones en las oficinas y dependencias del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y sus subdivisiones políticas, y el otorgamiento de documentos públicos y su registro en cualquier registro público de Puerto Rico.