Los Presidentes de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico, el Presidente del Tribunal Supremo, en conjunto con la Administración de Tribunales, así como el Gobernador y los alcaldes en sus respectivos municipios, tomarán todas las provisiones y formularán las directrices necesarias a los fines de que las agencias u organismos gubernamentales, incluyendo las corporaciones públicas y las dependencias o unidades a su cargo, que tengan la intención de iniciar campañas publicitarias masivas, conozcan que cuentan con un marco legal específico para establecer Protocolos de Cooperación con las distintas universidades establecidas y acreditadas en nuestra isla que tengan en su oferta cursos en publicidad.
Dichos Protocolos de Cooperación permitirán la formalización de una estrecha colaboración con el fin primordial de ofrecerles a los estudiantes de publicidad la oportunidad de desarrollar las campañas masivas en los medios de comunicación, entiéndase prensa, televisión, radio e Internet, entre otros. El marco conceptual para su diseño, implantación y operación, deberá estar acorde y atemperado a las leyes y reglamentos aplicables del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, así como al fin público que revisten estas campañas.