§ 960. Edición, compra y distribución de libros de autores puertorriqueños

PR Laws tit. 18, § 960 (2018) (N/A)
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Con el propósito de fomentar el cultivo de la literatura y estimular la producción bibliográfica en Puerto Rico, por la presente se autoriza al Instituto de Literatura para que de cualquier cantidad no comprometida para pagar el importe de los premios anuales o para sus gastos de operación, edite y compre libros de autores puertorriqueños de méritos positivos sin limitación alguna en cuanto a la naturaleza o género de las obras literarias.

El Instituto de Literatura Puertorriqueña podrá también distribuir mediante venta o permuta a las librerías, o mediante donación a las bibliotecas públicas, escolares y de instituciones docentes, científicas, culturales, sociales, obreras y fraternidades en y fuera de Puerto Rico, las obras literarias que edite o compre.