§ 953. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Escritores elegibles

PR Laws tit. 18, § 953 (2018) (N/A)
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Tendrán opción a los premios establecidos en las secs. 952 a 959 de este título todos los escritores puertorriqueños, residentes o no residentes de Puerto Rico, y además los escritores extranjeros permanentemente domiciliados en Puerto Rico.