§ 921l. Convenios con agencias

PR Laws tit. 18, § 921l (2018) (N/A)
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La Oficina de Asuntos de la Juventud podrá realizar convenios con cualquier agencia del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para realizar conjuntamente cualquier proyecto o actividad dentro de la encomienda del Programa establecido por este capítulo, siempre que estos convenios estén permitidos por las leyes y la reglamentación vigente.