§ 921g. Junta Coordinadora Interagencial

PR Laws tit. 18, § 921g (2018) (N/A)
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(a) Adoptar normas encaminadas a implantar la política pública enunciada por este capítulo y a la consecución de los fines del Programa.

(b) Aprobar, enmendar y derogar reglamentos sujeto a la aprobación del Gobernador según dispone este capítulo.

(c) Asesorar al Gobernador, y al Director, sobre la situación general y aspectos específicos del desenvolvimiento del Programa, sus necesidades y recursos, y normas de política pública, entre otros aspectos.

(d) Evaluar y aprobar el Plan Operacional que el Director deberá someter anualmente de acuerdo a lo dispuesto por este capítulo.

(e) Aprobar el presupuesto del Programa.

(f) Seleccionar, según se disponga por reglamento promulgado al efecto, uno o más artistas o grupos artísticos de jóvenes junto al personal estrictamente necesario para acompañar una (1) o más de las excursiones con el propósito, entre otros, de promover y dar a conocer la cultura de Puerto Rico.