Se crea el Programa de Viajes Estudiantiles, adscrito a la Oficina de Asuntos de la Juventud. De alguna otra agencia o dependencia gubernamental en un futuro ser asignada las funciones actuales de promoción y desarrollo de actividades de la Oficina de Asuntos de la Juventud, el Programa continuará en existencia y vigencia adscrito a la misma hasta que se legislase lo contrario.