§ 911c. Programa—Deberes y facultades

PR Laws tit. 18, § 911c (2018) (N/A)
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(a) Implantar y administrar el Programa.

(b) Analizar y hacer recomendaciones sobre la distribución y el uso de los fondos asignados al Programa.

(c) Asesorar al Secretario sobre el establecimiento de criterios de evaluación a utilizarse en el Programa.

(d) Someter recomendaciones al Secretario sobre el desarrollo del Programa.

(e) Recomendar al Secretario procedimientos para asegurar y aumentar la participación de los estudiantes, sus padres y de las entidades educativas en el Programa.

(f) Evaluar el Programa por lo menos una vez al año.

(g) Referir solicitantes a la entidad privada autorizada, a fin de que se tramiten ayudas económicas para la libre selección de escuelas que no puedan ofrecerse al amparo de este capítulo.

(h) Llevar a cabo cualesquiera otras funciones que le sean asignadas por el Secretario.