§ 687. Ley de Apoyo Financiero de la Universidad de Puerto Rico

PR Laws tit. 18, § 687 (2018) (N/A)
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(a) Esta sección se conocerá como la “Ley de Apoyo Financiero de la Universidad de Puerto Rico”.

(b) Se ordena al Secretario de Transportación y Obras Públicas a que desarrolle, en colaboración con la Universidad de Puerto Rico, una o más tablillas especiales conmemorativas que represente a la Universidad de Puerto Rico o aquellos recintos que interesen participar. El Secretario podrá establecer un acuerdo de colaboración con la Universidad en que se le autorice a utilizar logos, marcas o distintivos de la Universidad.

(c) Se crea el programa “Dona tu Cambio a la Universidad”, adscrito a la Universidad de Puerto Rico. Este programa autoriza a la Universidad a hacer acuerdos con aquellos establecimientos comerciales participantes para que los últimos reciban y retengan donaciones hechas por clientes a la Universidad de Puerto Rico.

(1) La intención del establecimiento de participar en el programa “Dona tu Cambio a la Universidad”.

(2) Un compromiso del establecimiento de recibir, retener y traspasar aquellas donaciones hechas voluntariamente por clientes a favor de la Universidad de Puerto Rico.

(3) La manera en que se recibirán y retendrán los donativos. Estos donativos podrán consistir en que el cliente done el cambio a la Universidad, así como cualquier cantidad en efectivo o por tarjeta electrónica que el cliente quiera donar.

(4) La manera en que le darán publicidad al programa, para que los clientes advengan en conocimiento de su existencia y en qué consiste el mismo.

(5) La forma y manera en que el establecimiento comercial participante custodiará las donaciones recibidas y la forma y manera en que transferirán los fondos recibidos a la Universidad de Puerto Rico.