§ 677. Contrato con casas editoras—Leyes no aplicables; fianzas

PR Laws tit. 18, § 677 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

No serán aplicables al tipo de contrato mencionado en la sec. 676 de este título las leyes o los reglamentos vigentes que prohíben el pago por adelantado de fondos públicos antes de rendirse el servicio o entregarse el artículo adquirido; Disponiéndose, sin embargo, que la Universidad podrá requerir de las casas editoras la fianza necesaria para garantizar la entrega del material en trámite de adquisición.