§ 152. Distribución de libros para escuelas públicas

PR Laws tit. 18, § 152 (2018) (N/A)
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Todos los libros para uso de las escuelas públicas serán suplidos por el Departamento de Educación a los superintendentes de escuelas, quienes los distribuirán entre los principales o directores de escuelas y los maestros rurales. Los libros así distribuidos se clasificarán como nuevos o viejos.