(a) Se denomina la Escuela Nueva del Barrio Arenas del Municipio de Cidra con el nombre de Regino Vega Martínez.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 et seq. del Título 23.
(c) Una vez aprobada esta ley, el Departamento de Estado notificará a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para la realización de los procedimientos administrativos que sean pertinentes.