§ 594c. Transferencias

PR Laws tit. 18, § 594c (2018) (N/A)
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Para llevar a cabo los objetivos de este capítulo, el Departamento de Educación de Puerto Rico y el Consejo de Educación de Puerto Rico, en conjunto con la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres, recibirán la transferencia de recursos y personal, y el asesoramiento de cualquier dependencia gubernamental, así como también cualquier tipo de ayuda de aquellas personas o entidades privadas que estén dispuestas a colaborar con la implantación de ley, en cuanto a la prevención y manejo de emergencias y desastres.

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