§ 462. Escuela de Enfermeras—Becas para la Escuela

PR Laws tit. 18, § 462 (2018) (N/A)
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Los municipios de Puerto Rico quedan por la presente autorizados y facultados para proveer becas para jóvenes que deseen asistir a la Escuela de Enfermeras y para asignar en sus presupuestos anuales la cantidad que pueda ser necesaria para pagar los derechos, el hospedaje y otros gastos necesarios de los estudiantes, todos los cuales gastos serán fijados por la Junta de Síndicos de la Escuela de Enfermeras.