Quedará en suspenso, durante el proceso de rediseño de escuelas en los Años Escolares 2017-2018 y 2018-2019, toda disposición de ley, reglamento, carta circular, convenio colectivo, acuerdo o precepto que sea contrario a lo indicado en las secs. 275 a 275e de este título; Disponiéndose, que existirá total flexibilidad para realizar las reasignaciones y/o traslados, de conformidad con las necesidades del sistema, siempre y cuando no impongan cargas onerosas al maestro y que se de en el municipio o en el Distrito Escolar para el cual laboraba al momento del proceso de rediseño.